Loading

Historia

Creación

La parroquia del Buen Pastor fue creada por decreto del primer Obispo de la Diócesis, D. Arturo Tabera y Araoz, con fecha de 19 de septiembre de 1951. Y que entró en vigor a las 24 horas del día 14 de octubre del mismo año, según disponía el decreto.

Demarcación

Sus límites serían los siguientes:

“Desde el confín bordea los límites de la Parroquia de la Purísima (lado derecho) hasta el Paseo del Istmo. Este y por el Camino de Cementerio (lado derecho hasta el confín”. (Cf. BOO. (1951) pp. 390-393)

A finales de octubre de 1958 se hace una aclaración entre los límites de la Parroquia del Buen Pastor y la de La Purísima, quedando la parroquia configurada por cuatro barriadas: La del entrono de la Casa de Misericordia: calles Cruz, Cruz Norte, S. Ildefonso, Cervantes, Leocadia Peral (hoy Muelle) y Alcalde Conangla; las casas de la Bajada del matadero o de la Cárcel entorno a la carrera de Ayora; el barrio de la Estrella con el Cerro Mengajo, ahora de Los Ángeles, y los caseríos de las huertas adyacentes, y las del barrio de San Antón, al cruzar el paso a nivel. (Cf. BOO (1958) p.286)

El templo

Se ubicaría en "la iglesia llamada de la Misericordia", que no era otra sino la Capilla de la Casa de Misericordia.

Desde ese momento comenzaría una convivencia de dos Instituciones, Casa de Misericordia, regentada por la comunidad de Hijas de la Caridad, con sus actividades y servicios y la nueva parroquia con sus cultos y actividades. 

La iglesia de la Casa de Misericordia, en el momento de creación de la parroquia estaba rehabilitada y en uso, por lo que no hubo necesidad de adaptaciones. En el altar mayor en su retablo de escayola y cemento se encontraba alojada la imagen de la Milagrosa , como antes de la Guerra civil; otras imágenes, como San Vicente y Santa Luisa de Marillac, el Corazón de Jesús y San José, que se colocarían más tarde en el retablo principal entre otras. 

Categoría

A esta parroquia como al resto de las creadas en el mismo decreto se les dio le categoría de término en conformidad con la legislación concordada. A cada una de ellas, a tenor de la legislación canónica vigente se le asignarían dos coadjutorías, amén de las dotes beneficiales y de culto y clero que recibirían del Estado.

subir